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Una exoneración es un recurso independiente y diferente de la impugnación de la existencia de un sobrepago o del importe de un sobrepago. La exoneración se consideraba un recurso adecuado cuando el beneficiario recibió el sobrepago, y existen motivos que demuestran que esto no fue culpa del beneficiario (o del cliente).
Los intercesores deben saber que impugnar la existencia de un sobrepago mediante la presentación de una apelación y solicitar la exoneración de la devolución del sobrepago no se excluyen mutuamente. Un beneficiario puede recurrir a ambos recursos de manera simultánea ante la Administración del Seguro Social (Social Security Administration, SSA).
Cuestiones básicas sobre cómo solicitar una exoneración
Exoneración: probar la inocencia
Exoneración, primera parte: culpabilidad
Personas no culpables para el SSDI
Personas no culpables para la SSI
Presunciones sobre la culpabilidad
Representantes del beneficiario y culpabilidad
Exoneración: presentar motivos en contra de la recuperación de la SSA
Exoneración, segunda parte: motivos por los que la SSA no debe efectuar el cobro
Exoneración, segunda parte: la recuperación va en detrimento de la finalidad del SSDI
La recuperación va en detrimento de la finalidad de la SSI
Recuperación contra la equidad y la buena conciencia
Exoneración administrativa
Exoneración: indicaciones
Formulario de solicitud de exoneración y pasos por seguir
Otros recursos de investigación jurídica de la POMS
Cuestiones básicas sobre cómo solicitar una exoneración
Se puede solicitar una exoneración en cualquier momento. Además, se puede presentar una segunda solicitud o una solicitud posterior de exoneración, aunque se haya rechazado la solicitud anterior y haya caducado el plazo de la apelación. GN 02201.019 de la guía de sistema de procedimientos operacionales (Program Operations Manual System, POMS). Se puede solicitar una exoneración una vez que la SSA haya iniciado la recuperación o incluso después de que esta haya finalizado. POMS SI 02260.001.
Para que el Seguro Social renuncie a la recuperación de un sobrepago, usted debe demostrar dos cosas: 1) que el beneficiario es inocente y 2) que la recuperación va en detrimento de la finalidad de la Ley de Seguro Social o en contra de la equidad y la buena conciencia.
Exoneración, primera parte: culpabilidad
La normativa de la SSA establece que, aunque la SSA haya cometido el error de efectuar un sobrepago, este hecho no exime de responsabilidad a la persona que recibió el sobrepago. Esta persona debe demostrar que es inocente en la causa del sobrepago para que este se le exonere. Sección 404.507 (SSDI); sección 416.552 del título 20 del Código de Regulaciones Federales (Code Of Federal Regulations, CFR) (SSI). Para determinar si una persona es culpable, la SSA tendrá en cuenta todas las circunstancias pertinentes, como la edad y la inteligencia de la persona, así como cualquier limitación física, mental, educativa o lingüística (por ejemplo, la falta de facilidad con el idioma inglés) que tenga la persona. Sección 404.507 (SSDI); sección 416.416.552 del título 20 del CFR (SSI).
La POMS constituye la mejor fuente jurídica para examinar las cuestiones relacionadas con las exoneraciones por dos motivos: las solicitudes de exoneración se envían a las oficinas de distrito locales de la SSA, y el personal de estas oficinas utiliza la POMS como fuente principal de la política de la SSA.
Exoneración, primera parte: inocente para el SSDI
La POMS GN 02250.005 proporciona al personal de la Oficina de Distrito indicaciones detalladas sobre cómo determinar la culpa en los casos de sobrepago para los beneficiarios del Seguro por Incapacidad del Seguro Social (Social Security Disability Insurance, SSDI). Dos de los conceptos importantes que se tratan en la POMS GN 02250.005 son el grado de diligencia y buena fe del beneficiario para evitar que se produzca un sobrepago.
Se espera un alto grado de diligencia
Se espera un alto grado de diligencia de parte del beneficiario para evitar el sobrepago. La SSA determinará que un beneficiario es culpable de un sobrepago si se demuestra que el beneficiario carecía de buena fe o que no actuó con un alto grado de diligencia a la hora de notificar las circunstancias que podrían haber afectado su derecho a los beneficios o a su cuantía. POMS GN 02250.005.
Pruebas de la falta de buena fe
Algunos de los hechos que demuestran la falta de buena fe del beneficiario a la hora de evitar el sobrepago son las siguientes:
- Una declaración incorrecta de la persona que sabía o debería haber sabido que era falsa.
- El hecho de que la persona no haya facilitado información que sabía o debería haber sabido que era importante.
- La aceptación por parte de la persona de cualquier pago que sabía o debería haber sabido que era incorrecto.POMS GN 02250.005.
Exoneración, primera parte: inocente para la SSI
En la POMS SI 02260.015 se explica cómo determinar que un beneficiario de la Seguridad de Ingreso Suplementario (Supplemental Security Income, SSI) es inocente en un caso de sobrepago. Los intercesores deben tener en cuenta que la responsabilidad de presentar pruebas recae en el beneficiario de la SSI a fin de demostrar que es inocente. POMS SI 02260.015.A.
En la POMS SI 02260.015 se establecen las indicaciones para que el personal de la Oficina de Distrito determine si un beneficiario de la SSI es inocente en un caso de sobrepago. Según la POMS SI 02260.015, el personal de la Oficina de Distrito deberá tener en cuenta lo siguiente:
- La buena fe del beneficiario en la notificación de los hechos.
- La capacidad del beneficiario para comprender sus responsabilidades de notificación. Algunos de los factores que se deben tener en cuenta son la incapacidad para leer, la limitación del nivel educativo, el hecho de que el inglés no sea la lengua materna, la senilidad y los impedimentos o las enfermedades debilitantes.
- La capacidad del beneficiario para leer la correspondencia del Seguro Social. Por ejemplo, las personas ciegas o con deficiencias visuales pueden necesitar materiales en braille, letra grande, formatos electrónicos u otros formatos alternativos. Las personas sordas o con dificultades auditivas pueden necesitar intérpretes de lengua de señas estadounidense para las reuniones. Las personas que tienen incapacidades intelectuales, de desarrollo o de aprendizaje pueden necesitar materiales en formatos alternativos.
- Si el cambio que causó el sobrepago fue significativo para el beneficiario.
- Si el beneficiario se basó en información incorrecta o engañosa procedente de una fuente oficial. POMS SI 02260.015.
Presunciones sobre la culpabilidad
La SSA hace ciertas presunciones sobre si considerar a un beneficiario culpable de un sobrepago en función de las acciones de otra persona.
Algunos ejemplos de presunciones son los siguientes:
- Si la persona que recibió el sobrepago es culpable, se presumirá culpable a su cónyuge si vive en el mismo hogar y recibió el sobrepago por la misma circunstancia.
- Si la persona que recibió el sobrepago es culpable, se presumirá que los menores y las personas adultas incapaces son inocentes, aunque vivan en el mismo hogar y hayan recibido el sobrepago por la misma circunstancia. Las presunciones que implican culpabilidad pueden refutarse mediante la presentación de pruebas claras y convincentes de lo contrario ante la SSA. POMS GN 02250.005.B
Representantes del beneficiario y culpabilidad
Algunos beneficiarios de la SSI y el SSDI tienen representantes designados para recibir sus pagos mensuales porque la SSA determinó que el beneficiario no podía administrar sus fondos en su propio interés. Si se produce un sobrepago debido a las acciones u omisiones del representante del beneficiario, la exoneración suele estar justificada. En la Resolución del Seguro Social (Social Security Rulings, SSR) 64-7, se establece la presunción de inocencia de un beneficiario si no hay pruebas de que sabía que los pagos eran incorrectos o de que ocultó o tergiversó de manera deliberada datos importantes que contribuyeron al sobrepago.
Exoneración, segunda parte: motivos por los que la SSA no debe efectuar el cobro
Demostrar que el beneficiario no tuvo la culpa de recibir un sobrepago solo satisface una parte de la prueba para conceder una solicitud de exoneración. Para completar los requisitos de una exoneración, también se debe demostrar por qué la SSA no debe efectuar el cobro del sobrepago. En el caso de los beneficiarios de la SSI y del SSDI, los intercesores pueden argumentar que la exoneración del sobrepago está justificada si la recuperación va en detrimento de la finalidad de los programas de la SSI o el SSDI porque provocaría dificultades indebidas al beneficiario, o que la recuperación va en contra de la equidad y la buena conciencia.
Salvo en ciertos casos excepcionales, la SSA ofrece a los beneficiarios de la SSI un motivo adicional para justificar la concesión de la exoneración. Los requisitos de la exoneración se pueden cumplir si se demuestra que la recuperación impediría la administración eficiente o eficaz de la Ley de Seguro Social.
Exoneración, segunda parte: la recuperación va en detrimento de la finalidad del SSDI
La recuperación de un sobrepago irá en detrimento de la finalidad del Título II de la Ley de Seguro Social si la recuperación priva al beneficiario de los ingresos necesarios para cubrir los gastos básicos y necesarios de subsistencia. POMS GN 02250.100; sección 404.508 del título 20 del CFR. Entre los gastos básicos de subsistencia se incluyen los alimentos, la vestimenta, el alquiler o la hipoteca, los servicios públicos, las primas de los seguros, los impuestos, los gastos médicos y otros gastos. Las pruebas de que la recuperación privaría a la persona de dichos ingresos se pueden incluir en el formulario de solicitud de exoneración de la SSA.
La recuperación por parte de la SSA de la reclamación del sobrepago irá en detrimento de la finalidad del Título II si el beneficiario que recibió el sobrepago:
- Recibe asistencia pública en efectivo (POMS GN 02250.110); or
- Verdaderamente necesita todos los ingresos actuales para cubrir los gastos básicos y necesarios de subsistencia (POMS GN 02250.100) y la recuperación reduciría los activos por debajo de los niveles especificados en la POMS GN 02250.100E.
Se presume que una persona no dispone de fondos suficientes si está inscrita en un programa de asistencia pública en efectivo, como la SSI, el servicio del Departamento de Asuntos de Veteranos (Department of Veterans Affairs, VA) y pensiones de incapacidad no relacionada con el servicio, o el programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance to Needy Families, TANF). Medicaid, la condición de desempleo, los cupones de alimentos y la indemnización por accidentes laborales no cuentan como programas de asistencia pública. POMS GN 02250.110.
La recuperación de la reclamación de sobrepago es admisible si la persona que recibió el sobrepago aún tiene posesión de la totalidad o parte del importe del sobrepago (aunque puede seguir yendo en contra de la equidad en conciencia). POMS GN 02250.105. En estos casos, la SSA puede proceder a recuperar la deuda que corresponde al valor del sobrepago, incluso si el sobrepago se convirtió en activos claramente identificables. POMS GN 02250.105(4).
Exoneración, segunda parte: la recuperación va en detrimento de la finalidad de la SSI
En la POMS SI 02260.020, se establece que se considera que la recuperación por parte de la SSA de una reclamación de sobrepago va en detrimento de la finalidad del programa de la SSI si la persona que recibió el sobrepago es inocente y se cumplen las dos condiciones siguientes: a) la persona verdaderamente necesita todos sus ingresos actuales para cubrir sus gastos básicos y necesarios de subsistencia actuales y b) la recuperación reduciría los recursos totales de la persona por debajo de los $3,000 en el caso de una persona y de los $5,000 en el caso de una persona y un dependiente. Se permiten $600 más por cada dependiente adicional. POMS SI 02260.020.1.
Sin embargo, la recuperación por parte de la SSA de un sobrepago no iría en detrimento de la finalidad del Título XVI de la Ley (SSI) si la persona responsable tiene en su poder alguno de los pagos abonados incorrectamente o los ingresos identificables de dichos pagos en recursos líquidos que se acumularon durante el período del sobrepago. POMS SI 02260.020.3.
Ejemplo de Illinois
La conclusión de que la recuperación por parte de la SSA de un sobrepago iría en detrimento de la finalidad del programa de la SSI daría lugar a la siguiente situación:
El beneficiario de la SSI reside en Illinois y recibe el importe máximo del beneficio mensual de la SSI de $733 (para 2015) más $85, o menos. Por lo tanto, se considera que cumplen este requisito los beneficiarios de la SSI que tienen ingresos mensuales totales que no superan los $818 al mes. POMS SI 02260.020.2.
Exoneración, segunda parte: contra la equidad y la buena conciencia
Beneficiarios del SSDI
En el caso del programa del SSDI, existen dos motivos generales para argumentar que la recuperación de un sobrepago por parte de la SSA iría en contra de la equidad y la buena conciencia. El primer motivo es demostrar que un beneficiario renunció a un derecho valioso o empeoró su situación confiando en el pago de los beneficios del SSDI o en el aviso de que dichos beneficios se pagarían. POMS GN 02250.150 El otro motivo que respalda la conclusión de que la recuperación por parte de la SSA de un sobrepago iría en contra de la equidad y la buena conciencia es cuando un beneficiario responsable de manera contingente vivía en un hogar distinto del de la persona que recibió el sobrepago en el momento del pago y no recibió dicho sobrepago. POMS GN 02250.150; sección 404.509 del título 20 del CFR.
La POMS ofrece un ejemplo de cada motivo:
- Renunciar a un derecho valioso: Tras la concesión de los beneficios, John Smith renunció a su empleo suponiendo que recibiría pagos de beneficios mensuales periódicos. Tres años más tarde se descubrió que, debido a un error de la SSA, su concesión era errónea. No tenía la condición de asegurado y, debido a su edad, no podía recuperar su trabajo ni conseguir otro empleo. La recuperación del sobrepago iría en contra de la equidad y la buena conciencia.
- Empeorar una situación: Una viuda, confiando en que contaba con sus beneficios, matriculó a su hija en la universidad. Un año más tarde se descubrió que el trabajador fallecido no estaba asegurado y que el derecho de la viuda a percibir los beneficios era erróneo. No dispone de otros fondos con los que pagar los gastos universitarios de su hija. Al matricular a su hija en la universidad, la viuda contrajo una obligación económica a la que se habían destinado los beneficios y, por lo tanto, se encontró en una situación económica peor que si nunca hubiera tenido derecho a los beneficios. La recuperación iría en contra de la equidad y la buena conciencia.
- Vivir en un hogar distinto: John Jones se divorció de Mary Jones y se casó con Kathy Jones. John murió unos años más tarde. Kathy recibió un sobrepago de $3,200 tras el fallecimiento de John. Sin embargo, ella ya no recibe beneficios y no ha respondido a las solicitudes de reembolso. Cuando Mary solicitó beneficios como cónyuge divorciada sobreviviente, la SSA propuso recuperar el sobrepago de Kathy de los beneficios de Mary. Mary vivía en un hogar distinto del de Kathy en el momento del sobrepago y no recibió dicho sobrepago. La recuperación de Mary iría en contra de la equidad y la buena conciencia. POMS GN 02250.150
La información económica del formulario SSA-632-BK no es necesaria para determinar que la persona renunció a un derecho valioso o empeoró su situación económica. POMS GN 02260.025B.3.
Beneficiarios de la SSI
Las normas del programa de la SSI establecen dos situaciones distintas en las que la recuperación de un sobrepago por parte de la SSA iría en contra de la equidad y la buena conciencia. La primera es cuando una persona empeora su situación o renuncia a un derecho valioso. La segunda es cuando la persona forma parte de una pareja que reúne los requisitos y que está legalmente separada o no vive con la persona que recibió el sobrepago cuando se produjo el suceso, y dicha persona no se benefició del sobrepago. POMS 02260.025. Ambas situaciones se pueden explicar más detalladamente en la solicitud de exoneración. No es necesario proporcionar información económica en el caso de la primera opción.
Sobrepagos de la SSI por excedente de recursos
Existe un conjunto de normas diferente para los casos de sobrepagos por excedente de recursos. Recuerde que, como la SSI es un programa que se basa en las necesidades, las limitaciones de recursos forman parte de la elegibilidad del beneficiario. Una persona no puede recibir más de $2,000 en recursos contables, y una pareja que reúne los requisitos (ambas personas reúnen los requisitos para la SSI) no puede recibir más de $3,000 en recursos contables.
Si el sobrepago fue causado por un excedente de recursos, la SSA solo podrá establecer la culpabilidad si la persona, con conocimiento y deliberación, no notificó el excedente de recursos. POMS SI 022060.035A; POMS SI 02260.025C.
Según la SSA, el término "con conocimiento y deliberación" hace referencia a que las pruebas demuestran que la persona (y su cónyuge, si hubiese) tenía pleno conocimiento de sus requisitos de notificación y del excedente de recursos, pero no notificó el excedente de recursos. POMS SI 022060.035A
Si se determina que la persona no es culpable de causar el sobrepago sobre la base de un excedente de recursos, la SSA aplicará tres pruebas de recursos para determinar si la recuperación del sobrepago iría en contra de la equidad y la buena conciencia para la exoneración cumplida. Las tres pruebas son las siguientes:
- Prueba 1: La persona es inocente y la recuperación de la totalidad del importe del sobrepago iría en detrimento de la finalidad de la SSI (SI 02260.020); iría en contra de la equidad y la buena conciencia por haber renunciado a un derecho valioso o haber empeorado una situación económica (SI 02260.025A.2.); o impediría la administración eficaz o eficiente de la SSI (SI 02260.030).
- Prueba 2: La persona es inocente y los recursos contables en cualquier mes del período del sobrepago superan el límite de recursos por $50.00 o menos. En este caso, renuncie al sobrepago de todos los meses en los que los recursos no superaron el límite por más de $50.00. (Consulte SI 02260.035).
- Prueba 3: La persona es inocente, y recuperar el importe total del sobrepago va en contra de la equidad y la buena conciencia porque el importe total del sobrepago en meses (sin incluir los meses en los que la norma 2 dio lugar a una exoneración) es superior al importe por el que los recursos superaron el límite de recursos. Esto se explica con más detalle en POMS SI 02260.025D.
Exoneración administrativa
Si un sobrepago es de $1,000 o menos, la SSA renunciará a él sin la necesidad de tomar más medidas si se presenta una solicitud de exoneración. POMS GN 02201.013. Lo importante es que la persona debe solicitarlo. De lo contrario, la SSA seguirá sus procedimientos habituales de cobro.
Si el sobrepago de recursos se debe a que los recursos superan el límite por $50 o menos en un mes determinado, la exoneración del sobrepago correspondiente a ese mes se debe producir de manera automática. POMS SI 02260.035. Por ejemplo, si los recursos de una persona fueron de $2,011 en octubre, de $2,022 en noviembre y de $2,075 en diciembre, la SSA debería evaluar el sobrepago solo de diciembre. Es importante verificar los sobrepagos de recursos de los meses en los que el sobrepago supere el límite por $50 o menos para asegurarse de que la SSA no haya cobrado un sobrepago para ese mes.
En los casos en los que se solicita una exoneración administrativa, se recomienda a los intercesores NO completar el formulario SSA-632-BK (solicitud de exoneración de sobrepago). En lugar de eso, debería bastar con un formulario de declaración del reclamante o una simple carta escrita solicitando una exoneración. En el formulario SSA-632-BK se indaga sobre la culpabilidad, que no es necesario determinar en estos casos. Completar el formulario SSA-632-BK solo complica aún más lo que debería ser una solicitud sencilla.
Formulario de exoneración y pasos del procedimiento
1. Compleción del formulario de solicitud de exoneración de la SSA
La SSA dispone de un formulario estándar de solicitud de exoneración que está disponible en el sitio web del Seguro Social. Además, en la POMS, se proporcionan indicaciones detalladas sobre cómo completar el formulario de exoneración, así como las normas que sigue la Oficina de Distrito de la SSA para realizar las determinaciones sobre las exoneraciones. Las secciones pertinentes de la POMS se indican a continuación:
- GN 02250.230 Cómo completar el formulario SSA-632-BK (solicitud de exoneración de la recuperación del sobrepago o modificación del importe del pago) para sobrepagos según el Título II.
- SSA - POMS: SI 02260.005 Cómo completar el formulario SSA-632-BK (solicitud de exoneración de la recuperación del sobrepago) para sobrepagos de la SSI.
Los intercesores también deben consultar otras dos secciones de la POMS: la GN 02250.250,sobre la probación de acusaciones en el formulario SSA-632-BK, y la GN 02250.255,sobre pruebas admisibles.
2. Plazos para las solicitudes de exoneraciones
Las solicitudes de exoneración se pueden presentar en cualquier momento. Además, se puede presentar una segunda solicitud o una solicitud posterior de exoneración, aunque se haya rechazado la solicitud anterior y haya caducado el plazo de la apelación. POMS GN 02201.019. Se puede solicitar una exoneración una vez que la SSA haya iniciado la recuperación o incluso después de que esta haya finalizado. POMS SI 02260.001.
3. Efecto sobre la recuperación del sobrepago
Si la solicitud de exoneración se presenta en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción del aviso (35 días a partir de la fecha que figura en el aviso), la SSA no iniciará la recuperación del sobrepago hasta que se resuelva la apelación o la exoneración. Secciones 404.502a(h) y 404.506(b) del título 20 del CFR.
Beneficiarios del SSDI
Si un beneficiario del SSDI solicita la exoneración de la corrección o la recuperación de un sobrepago según el Título II (SSDI) en un plazo de 30 días tras recibir un aviso de sobrepago que contenga la información que se indica en la sección §404.502a, no se emprenderá ninguna acción de corrección ni recuperación hasta después de que se haya realizado la determinación inicial sobre la exoneración. Si la persona solicita una exoneración más de 30 días después de recibir el aviso de sobrepago, la SSA detendrá cualquier acción de corrección o recuperación hasta después de que se realice la determinación inicial sobre la exoneración. Sección 404.506(b) del título 20 del CFR.
Beneficiarios de la SSI
No existe una disposición similar de suspensión automática en la normativa federal para las exoneraciones de la SSI. Sin embargo, en la POMS se establece que las solicitudes de exoneración de la SSI también suspenderán la acción de recuperación de un sobrepago si se presentan en un plazo de 30 días a partir de la recepción del aviso de sobrepago. POMS GN 02201.019. Además, en el caso de las solicitudes de exoneración que se presentan más de 30 días después de la fecha del aviso de sobrepago, la recuperación se detendrá a partir del mes de recepción de la solicitud de exoneración. POMS GN 02201.019
4. Seguimiento de parte del intercesor
Una vez que se complete y envíe el formulario de solicitud de exoneración a la Oficina de Distrito de la SSA correspondiente, el intercesor deberá ponerse en contacto con el abogado de enlace de la Oficina de Distrito para asegurarse de que se haya recibido la solicitud de exoneración y para averiguar qué representante de reclamaciones se encargará de evaluar la solicitud. Luego, el intercesor podrá comunicarse con el representante de reclamaciones para asegurarse de que disponga de toda la información necesaria para evaluar la solicitud de exoneración.
5. Requisito de aviso por escrito sobre la decisión
Cuando la SSA toma una decisión sobre una solicitud de exoneración, debe enviar un aviso por escrito a la parte que la solicita. Secciones 404.902(k) y 404.904; 416.1402(c); 416.1404 del título 20 del CFR; POMS § GN 02250.370.
6. Derechos de apelación si se deniega la exoneración
Al igual que los sobrepagos, las decisiones adversas sobre las solicitudes de exoneración se consideran determinaciones iniciales que se pueden apelar. Secciones 404.902(k); 416.1402(c) del título 20 del CFR. La presentación de una solicitud de reconsideración es el primer paso en el proceso de revisión administrativa que la SSA ofrece cuando una persona no está conforme con la determinación inicial. Secciones 404. 907; 416.1407 del título 20 del CFR.
La solicitud de reconsideración se debe presentar en un plazo de 60 días a partir de la fecha en que la persona recibió la determinación inicial. Secciones 404.909; 416.1409 del título 20 del CFR. La SSA supone que todos los avisos enviados por correo se reciben en cinco días, por lo que acepta las apelaciones presentadas a los 65 días o antes de la determinación inicial. Secciones 404.901; 416.1401 del título 20 del CFR. ("Se considera que la fecha de recepción del aviso son cinco días después de la fecha que figura en el aviso, a menos que nos demuestre que no lo recibió en el plazo de cinco días"). La solicitud de reconsideración se debe presentar por escrito. Secciones 404.909; 416.1409 del título 20 del CFR.
Otros recursos de investigación jurídica de la POMS
La POMS proporciona una lista extensa de circunstancias específicas en las que la SSA supone que las personas se consideran culpables o no en un caso de sobrepago. La capacidad de dirigir al personal de la Oficina de Distrito a una citación de la POMS en respaldo de la solicitud de exoneración de su cliente es una herramienta poderosa. Tenga en cuenta que, en la POMS, el Título II se refiere al Seguro por Incapacidad del Seguro Social (Social Security Disability Insurance, SSDI) y el Título XVI se refiere a la Seguridad de Ingreso Suplementario (Supplemental Security Income, SSI).
GN 02250.020 Tarifas incorrectas de los beneficios (Exoneración) de la recuperación del sobrepago)
GN 02250.022 Falta de condición de asegurado (Exoneración) de la recuperación del sobrepago)
GN 02250.024 Pagos duplicados (Exoneración) de la recuperación del sobrepago)
GN 02250.026 Sobrepagos posteriores (Exoneración) de la recuperación del sobrepago)
GN 02250.030 Los beneficios no se cancelan cuando un hijo cumple 16, 18 o 19 años (Exoneración) de la recuperación del sobrepago)
GN 02250.032 Relación familiar (Exoneración) según el Título II y el Título XVI)
GN 02250.036 Continuación del pago (Exoneración) según el Título II y el Título XVI)
GN 02250.038 Reincorporación al trabajo o aumento salarial (Caso de incapacidad (Exoneración)
GN 02250.040 Sobrepago causado por la percepción de beneficios de indemnización por accidentes laborales o incapacidad laboral (Exoneración)
GN 02250.042 Disposición incorrecta de acontecimientos notificados correctamente (Exoneración)
GN 02250.044 Sobrepagos derivados de la continuación de los pagos a criminales encarcelados (Exoneración)
GN 02250.060 Malentendido sobre los ingresos salariales admisibles (Exoneración)
GN 02250.061 Información errónea de una fuente oficial (Exoneración)
GN 02250.062 Año fiscal corto que termina en fallecimiento (Exoneración)
GN 02250.064 Personas que no sabían que los ingresos anteriores al primer mes de la adquisición del derecho a los beneficios darían lugar a deducciones (Exoneración)
GN 02250.065 Ingresos superiores a los previstos (Exoneración)
GN 02250.066 Continuación de la emisión de cheques tras la notificación de un acontecimiento de suspensión o terminación (Exoneración)
GN 02250.067 Desconocimiento de que tipos especiales de pagos (bonificaciones, vacaciones, gastos de desplazamiento, etc.) se incluyen a efectos de deducción (Exoneración)
GN 02250.069 Confusión sobre la imputación de la disposición de prueba de ingresos anuales (Exoneración)
GN 02250.070 La persona que recibió el sobrepago desconoce que las acciones de otra persona pueden influir en el monto del derecho a beneficios (Exoneración)
GN 02250.071 Persona que no sabía que los ingresos posteriores a la extinción del derecho darían lugar a deducciones por meses anteriores (Exoneración)
GN 02250.072 Sobrepago causado por no haber comprendido las disposiciones sobre las deducciones o los derechos o por circunstancias poco frecuentes o inevitables (Exoneración)
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