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El seguro por desempleo es un programa estatal de Illinois. Ofrece dinero a personas que no tienen trabajo debido a una situación temporal. Este programa lo dirige el Departamento de Seguridad Laboral de Illinois (IDES, por sus siglas en inglés).
Debe cumplir con ciertos requisitos para recibir dinero del programa.
¿Cómo solicito el seguro de desempleo?
La mejor manera de presentar una solicitud es en línea en el sitio web del IDES. También puede llamar al (800) 244-5631. Sin embargo, hay largos tiempos de espera en el teléfono.
Si presenta la solicitud en línea, debe utilizar una computadora de escritorio, una computadora portátil o una tableta. No puede utilizar un teléfono inteligente.
En general, no puede solicitar beneficios en persona. Algunas de las oficinas locales de trabajo del IDES proporcionan algunos servicios en persona, pero debe programar una cita a menos que solo esté entregando documentos. Para programar una cita, llame a la línea de programación al (217) 558-0401. Asegúrese de explicar por qué no puede presentar la solicitud en línea o por teléfono.
¿Qué información necesito para solicitar el seguro de desempleo?
Para solicitar el seguro de desempleo, debe tener lo siguiente a mano:
- Su número del Seguridad Social,
- Su licencia de conducir o identificación estatal,
- Su historial laboral de los últimos 18 meses, incluyendo el nombre de los empleadores, la fecha de inicio, el último día de trabajo y el número de días trabajados, y
- Nombre de su dependiente, número de su Seguridad Social y fecha de nacimiento si reclama a un hijo o cónyuge dependientes.
Si no tiene una identificación estatal ni licencia de conducir, necesitará otra forma de identificación. Debe ser vigente y mostrar su nombre, dirección y fecha de nacimiento.
¿Cuándo debo presentar la solicitud?
Debe presentar la solicitud lo antes posible. Idealmente, solicita dentro de la primera semana de su desempleo.
La solicitud está cerrada todos los días entre las 8:00 p. m. y las 10:00 p. m.
¿Cuándo es el mejor momento para presentar la solicitud?
No está obligado a presentar la solicitud de inmediato. El IDES no le castigará por esperar.
No obstante, la cantidad de su beneficio semanal (WBA) puede cambiar según cuando presente la solicitud. Si espera demasiado, es posible que no califique para recibir beneficios si su historial de ingresos expira.
Si su empleador opone a su reclamación, tendrá que apelar. En ese caso, es probable que se retrase su pago.
¿Qué sucede si cometí un error en mi solicitud de seguro de desempleo?
Puede corregir la información de su solicitud o reclamo llamando al IDES al (800) 244-5631.
Es posible que tenga dificultades para comunicarse con el IDES por teléfono. Los momentos de mayor congestión de llamadas son entre las 10:00 a. m. y las 2:00 p. m. También puede ponerse en contacto con el IDES en estos números de teléfono.
¿Quién califica para el seguro de desempleo (UI)?
Para calificar para el seguro de desempleo, debe estar desempleado y no debe ser su culpa. Por ejemplo, no califica si renuncia porque no le gustó el trabajo que hacía o si le despidieron por mala conducta.
También debe haber ganado cierta cantidad de dinero recientemente. El período en el que el IDES analiza sus ingresos es su “período base”. Para saber si califica:
- Consulte la fecha en la que planea presentar su solicitud.
- Consulte la fecha del próximo domingo de esa semana.
- Si esa fecha es anterior al 31 de marzo de 2023, su "período base" es del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022.
- Si esa fecha está entre el 1 de abril de 2023 y el 30 de junio de 2023, su "período base" es del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022.
- Si esa fecha está entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de septiembre de 2023, su "período base" es del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023.
- Si esa fecha está entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, su "período base" es del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023.
- Divida su "período base" en secciones de tres meses, comenzando el primer día. Cada sección se llama un “trimestre”.
- Sume la cantidad total de salarios para cada trimestre y escriba esos números.
- Encuentre el trimestre con la mayor cantidad de salarios. Ignore esa cantidad y agregue el monto total que obtuvo en los otros 3 trimestres. El monto debe ser de $440 o más, sin incluir*:
- Trabajo agrícola para un empleador con menos de 10 empleados,
- Trabajo doméstico para un empleador que pague menos de $1,000 por trimestre por dichos servicios,
- Trabajo ferroviario,
- Trabajo para otro familiar,
- Trabajo como vendedor pagado por comisión fuera de un negocio minorista permanente, o
- Trabajo de alivio laboral o entrenamiento laboral financiado por el gobierno.
- Ahora sume los salarios que ganó durante todo su "período base" (los cuatro trimestres). El total debe ser de $1,600 o más, con las mismas exclusiones mencionadas anteriormente.
*Esta no es una lista completa. El IDES le dirá si reúne los requisitos después de realizar la solicitud.
Aprende más acerca de cómo calificar y calcular los beneficios por desempleo.
¿Por qué me negaron los beneficios por desempleo?
Incluso si cumple con los requisitos mínimos, puede ser descalificado de recibir beneficios por varias razones. Éstos incluyen:
- Renunciar a su trabajo sin una buena causa,
- Ser despedido por mala conducta,
- No solicitar o aceptar una oferta de trabajo adecuada,
- Recibir beneficios por desempleo de otro estado,
- Recibir pagos de pensión por cualquier semana que reclame beneficios, y
- No trabajar legalmente en los EE. UU.
Para obtener una lista completa de las descalificaciones, consulte las páginas 5-6 del Manual de beneficios del seguro de desempleo de IDES.
¿Califican los [no-lexicon]inmigrantes para beneficios por desempleo?
Puede solicitar beneficios por desempleo si es titular de una tarjeta verde, un beneficiario de DACA o un beneficiario de asilo. Para recibir beneficios, debe tener autorización de trabajo ahora y durante su "período base". Esto no afectará su estado migratorio.
Los beneficios por desempleo se consideran beneficios “ganados”. No lo convertirán en una “carga pública”, a diferencia de algunos beneficios públicos, como el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés).
No todos los trabajadores están cubiertos. Ciertos trabajadores agrícolas y domésticos no pueden recibir beneficios por desempleo en Illinois.
Si tiene preguntas específicas sobre su estado migratorio, utilice Obtener ayuda legal para encontrar un abogado.
¿Cuánto dinero recibiré?
La cantidad de dinero que usted recibe cada semana depende de cuánto ganó en su "período base" (vea arriba). La cantidad será mayor si tiene un cónyuge dependiente o hijos. No puede reclamar a su cónyuge y a sus hijos. Obtenga más información sobre las cantidades semanales de prestaciones en la tabla de cálculos de prestaciones del IDES (en inglés).
A partir de octubre de 2023, la cantidad máxima semanal de prestación es:
- $578 sin dependientes,
- $688 con un cónyuge dependiente, o
- $787 con un hijo o hijos dependientes.
¿Pueden los acreedores embargar mis beneficios por desempleo?
No. Los beneficios públicos o gubernamentales están protegidos de los acreedores. Esto incluye prestaciones por desempleo. Sin embargo, si usted debe una deuda al gobierno, es posible que el gobierno tenga el derecho de retener sus prestaciones.
¿Se deducirá la manutención de hijos de mis beneficios por desempleo?
Si solicita beneficios por desempleo, el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois (IDHFS, por sus siglas en inglés) puede hacer que sus pagos actuales de manutención de hijos se deduzcan de esos beneficios. La manutención de hijos solo se puede deducir si el padre con custodia tiene un caso de manutención de hijos.
La manutención de hijos vencida se puede deducir de sus beneficios si el IDES recibe una orden judicial para retener ingresos. Si celebró un acuerdo para pagar la manutención de hijos vencida, el IDHFS puede hacer cumplir este acuerdo. Enviarán el contrato original al IDES y solicitarán la deducción de los pagos. El acuerdo debe indicar claramente:
- La cantidad a deducir,
- El destinatario de los pagos,
- Cuándo deben hacerse las deducciones, y
- Por qué está obligado a realizar pagos.
Obtenga más información sobre pagar la manutención de hijos cuando está desempleado y cómo cambiar los pagos de manutención de hijos.
¿Qué sucede después de presentar una solicitud?
Después de presentar su solicitud, recibirá un "Hallazgo" (Finding). El Hallazgo le indicará si tiene suficientes ingresos para calificar para los beneficios por desempleo. El Hallazgo no le informa si el IDES ha tomado una decisión sobre si cumple con los demás requisitos para los beneficios por desempleo. Obtenga más información sobre las Cartas de Hallazgo (en inglés).
El IDES también examinará la razón por la cual terminó su trabajo. Un adjudicador de reclamaciones puede entrevistarle a usted y a su empleador. El adjudicador de reclamaciones tomará una decisión sobre si es elegible para las prestaciones y le enviará una carta de determinación para informarle de esa decisión. Si la decisión va en su contra, tiene el derecho de apelar. Si la decisión es que usted es elegible para los beneficios, su empleador también puede tener el derecho de apelar
¿Cómo certifico los beneficios? ¿Qué pasa si pierdo mi fecha de certificación?
Para recibir sus beneficios, debe certificar cada dos semanas. Al certificar, confirmará que sigue desempleado, capaz y disponible para trabajar, y que está buscando activamente empleo. También debe informar de cualquier ingreso que haya obtenido. Debe reportar el ingreso bruto que haya ganado para cada una de las dos semanas que está certificando, incluso si no recibirá el dinero hasta más adelante.
La Carta de Hallazgo le asignará un día de certificación. Su día de certificación será un lunes, martes o miércoles. Debe certificar en el día indicado en su Hallazgo. Si se olvida de certificar en su día asignado, puede hacerlo el jueves o viernes de esa semana. Debe certificar cada dos semanas, lo cual puede hacer en línea o llamando a Tele-Serve al (312) 338-4337.
El IDES no aceptará certificaciones tardías. No certificar en su día asignado (o el jueves o viernes de esa semana) podría resultar en la negación de beneficios o un retraso en el procesamiento de sus beneficios.
Importante: Si le niegan los beneficios por desempleo y presenta una apelación, debe seguir certificando. Si no certifica mientras su apelación está pendiente, no recibirá beneficios por esas semanas, incluso si gana la apelación.
Además de certificar, debe llevar un registro de sus esfuerzos de búsqueda de empleo y estar preparado para proporcionar ese registro al IDES si se lo solicitan.
Obtenga más información sobre el proceso de certificación para prestaciones (en inglés).
Mi pago se retrasó o no lo recibí. ¿Por qué pasa esto?
El IDES envía una tarjeta de débito unos días después de que se procesa su solicitud. Sin embargo, el IDES puede tardar algunas semanas en determinar sus beneficios. Por esto, puede que haya recibido una tarjeta de débito sin saldo. También puede configurar su cuenta bancaria para recibir depósito directo iniciando sesión en su cuenta en el sitio web del IDES.
¿Cuánto dura el seguro de desempleo?
El seguro de desempleo tiene una duración de 26 semanas (6 meses). Durante ciertos períodos en los que la tasa de desempleo es alta, puede haber beneficios extendidos por un período adicional de 13 semanas. A partir de octubre de 2023, la tasa de desempleo en Illinois no es alta y, por lo tanto, no están disponibles los beneficios extendidos.
¿Mi empleador puede refutar mi reclamo?
Sí. La tasa impositiva de un empleador depende de cuántas reclamaciones sean aprobadas y pagadas a sus empleados. Por lo tanto, tienen derecho a refutar una solicitud si no creen que sea adecuada.
¿Cuándo comienzan los beneficios por desempleo?
Las prestaciones por desempleo comienzan el domingo anterior a la fecha en que presenta la solicitud. Esto significa que siempre que pueda presentar su solicitud antes del sábado, no se perderá la semana de prestaciones.
Debe presentar una solicitud de beneficios antes de que termine la primera semana en que esté desempleado. Si presenta la solicitud más tarde y no solicita la retroactividad, su reclamación comenzará en la semana en que se presentó.
Si presenta la solicitud después de su primera semana de desempleo pero dentro de un año, puede solicitar que el IDES retroceda su reclamación. Las reclamaciones pueden ser retroactivas si puede demostrar que:
- No estaba al tanto de sus derechos al recibir beneficios,
- Su empleador o el IDES no cumplió con sus responsabilidades legales,
- Su empleador le dijo que no presentara una solicitud de prestaciones, o
- Hubo otras circunstancias fuera de su control.
También debe demostrar que presentó su reclamación dentro de los 14 días posteriores a la finalización de la razón por la cual no presentaste la solicitud inicialmente.
Tenga en cuenta que debe informar al IDES cuando consiga un empleo y ya no necesite prestaciones por desempleo. Notifique a los Servicios de Reclamantes del IDES lo antes posible, no más tarde de 14 días después del día en que debía certificar. No informar su regreso al trabajo podría resultar en sanciones y cargos por fraude. Para informar su regreso al trabajo, llame a la Unidad de Nuevas Contrataciones del IDES al (888) 776-7708.
Si no presentó su reclamación a tiempo debido a problemas con el sitio web del IDES, consulte con un representante acerca de la retroactividad de su reclamación llamando al (800) 244-5631.
¿Necesito buscar trabajo mientras obtengo el beneficio por desempleo?
Por lo general, sí. Debe registrarse en IllinoisJobLink.com y mantener un registro de sus esfuerzos para buscar trabajo. Su registro debe incluir:
- Una lista de cada trabajo para el que haya presentado solicitud,
- El nombre del empleador,
- Cómo presentó la solicitud de empleo (llamada telefónica, envío de un currículum, llenado de una solicitud de empleo en persona u en línea),
- La fecha en que presentó la solicitud de empleo,
- El nombre de la persona con la que habló, si habló con alguien en la empresa,
- El tipo de trabajo para el que presentó la solicitud, y
- Las horas y el salario del trabajo, si los conoce.
Su búsqueda de empleo debe estar diseñada para encontrar un trabajo que sea capaz de desempeñar. Si tiene experiencia en un tipo de trabajo en particular, debe solicitar empleos en ese campo. También puede presentar solicitud para otros tipos de empleo, pero por lo general, el IDES esperará que busque empleos en su campo laboral.
No hay una regla que especifique cuántos contactos o solicitudes de trabajo debe hacer cada semana. Sin embargo, debe realizar múltiples contactos todas las semanas. Si realiza solo unas cuantas solicitudes
cada semana, es probable que el IDES concluya que no llevó a cabo una búsqueda de trabajo razonable.
Cuanto más tiempo esté desempleado, su búsqueda de trabajo debe ser más amplia. En otras palabras, el IDES esperará que se desplace más lejos o acepte un salario algo más bajo a medida que aumenta el tiempo que ha estado desempleado.
¿Puedo seguir recibiendo prestaciones por desempleo si rechazo una oferta de trabajo?
El sitio web del IDES tiene información sobre la negación de regresar al trabajo. Debe demostrar que tiene una buena razón para rechazar una oferta de trabajo adecuada. El IDES considerará:
- El grado de riesgo para su salud, seguridad y valores,
- Su estado físico y capacitación previa,
- Su experiencia y ganancias anteriores,
- La duración del desempleo y las perspectivas laborales en su ocupación habitual, y
- La distancia del trabajo disponible a su residencia.
¿Tenía permitido mi empleador despedirme? ¿El IDES pensará que fui despedido por mala conducta y negará mis prestaciones de seguro de desempleo?
Las preguntas sobre si un empleador tiene permitido despedirle y si el IDES decidirá que fue despedido por mala conducta y no puede recibir prestaciones son dos preguntas diferentes. En muchas situaciones, un empleador tiene permitido despedir a alguien, pero esa persona aún puede recibir prestaciones de desempleo.
Illinois es un estado de empleo a voluntad. A menos que esté protegido por un contrato sindical, pueden despedirle por cualquier motivo o sin motivo alguno, siempre y cuando el empleador no le despida por un motivo ilegal. Los motivos ilegales incluyen la discriminación laboral (como la discriminación por edad, raza, discapacidad o género), ser despedido por denunciar irregularidades o ser despedido por actividades de organización sindical.
Cuando el IDES considera su caso, si fue despedido, no será descalificado de recibir beneficios a menos que haya sido despedido por "mala conducta". Cada caso es diferente, pero en general, la mala conducta significa que deliberada o intencionadamente hizo algo que violó las normas laborales del empleador. Lo que hizo debe haber perjudicado al empleador o haber sido muy probable que perjudicara al empleador, o debe haber violado la regla después de que el empleador le diera una advertencia. Si el IDES dice que fue despedido por mala conducta, tiene derecho a apelar esa decisión. Obtenga más información sobre cómo apelar una negación de beneficios por desempleo.
También puede obtener más información sobre cómo obtener prestaciones por desempleo si fue despedido.
¿Puedo recibir prestaciones por desempleo si renuncio a mi trabajo? ¿Y si renuncié debido a mi salud?
Es más difícil obtener beneficios de seguro de desempleo si renuncia que si es despedido por su empleador, pero aún puede ser elegible para obtener beneficios si abandona su trabajo. Si deja su trabajo por una buena razón y esa razón es culpa del empleador, no será descalificado de recibir prestaciones por desempleo, siempre y cuando haya intentado resolver la situación antes de renunciar.
Existen excepciones a la regla de que para obtener beneficios, la razón por la que renunció debe ser culpa del empleador. Una excepción es si su médico le indicó que no está físicamente capacitado para desempeñar el trabajo debido a su salud. Para calificar para beneficios por desempleo, aún debe ser capaz de desempeñar otro trabajo que sea menos físicamente exigente. Si deja de trabajar porque cree que su salud no le permite realizar el trabajo y no está siguiendo el consejo de su médico, no recibirá prestaciones. Obtenga más información sobre las protecciones para los trabajadores con discapacidades.
¿Puedo calificar para beneficios por desempleo si soy trabajador por proyecto o contratista independiente?
En general, si dirige su propio negocio o es un verdadero contratista independiente, no es elegible para el seguro de desempleo. Durante la pandemia, hubo beneficios especiales de desempleo para estos grupos, pero esos programas han terminado.
Algunos empleadores tratan a los empleados como contratistas independientes, aunque en realidad son empleados. El empleador puede hacer esto para obtener una ventaja fiscal. Si su empleador establece sus días y horarios de trabajo, por ejemplo, usted no es un contratista independiente, incluso si su empleador intenta decir que lo es. Si esta es su situación, debería ser elegible para los beneficios por desempleo.
Si forma parte de la comunidad artística de Illinois, Abogados para los Artes Creativos podría brindarle asistencia legal gratuita. Puede presentar una solicitud en su sitio web. Ayudan a personas sin importar si son empleados con formulario W-2, trabajadores con formulario 1099, freelancers o trabajadores de la economía gig (trabajadores por proyecto).
¿Cobrar el beneficio por desempleo afectará mis beneficios de la Seguridad Social?
No. En general, recibir beneficios por desempleo no afectará sus beneficios de la Seguridad Social.
Sin embargo, si está recibiendo beneficios de jubilación de la Seguridad Social o beneficios por discapacidad del SSI, usted ha indicado a la Seguridad Social que no puede trabajar a tiempo completo o cerca de tiempo completo. Para recibir el seguro de desempleo, debe estar en condiciones de trabajar y disponible para trabajar, así como estar buscando empleo. Ambas condiciones pueden ser ciertas si está buscando trabajo a tiempo parcial. Además, el seguro de desempleo es un ingreso que puede afectar sus beneficios por discapacidad del SSI o jubilación de de la Seguridad Social. Debe informarlo a la Seguridad Social
Si vivo en Illinois, pero viajo a trabajar a un estado diferente, ¿dónde solicito el beneficio?
Solicítelo en el estado donde paga impuestos estatales sobre los ingresos.
¿Tengo que estar completamente desempleado para calificar para los beneficios por desempleo?
No. Aún puede calificar incluso si:
- Trabaja a tiempo parcial,
- Le redujeron las horas, o
- Estaba trabajando en dos empleos y ahora solo trabaja en uno.
Los ingresos por trabajo autónomo no se cuentan al calcular sus beneficios. Los beneficios se basan en sus ingresos actuales y pasados.
Vea la sección de "¿Cuánto dinero recibiré?" y obtenga más información sobre cómo recibir beneficios por desempleo cuando trabaja a tiempo parcial o en un trabajo temporal.
¿Dejo de recibir beneficios por desempleo si me contratan para un trabajo de corto plazo?
Depende de su salario.
Si sus ingresos brutos son inferiores a su monto semanal de beneficios, es posible que aún sea elegible para recibir un pago completo o parcial de beneficios.
Si sus ingresos brutos son superiores a su monto semanal de beneficios, no será elegible para recibir un pago de beneficios.
Debe notificar al IDES tan pronto como sea contratado para cualquier trabajo, incluso si es a corto plazo. Si planea continuar utilizando sus beneficios de seguro de desempleo, debe seguir certificando sus ingresos.
Si deja de trabajar nuevamente, debe notificar el cambio al IDES. Volverá a recibir el monto completo de beneficios semanal.
¿Puedo apelar la decisión si me niegan los beneficios por desempleo?
Tiene el derecho de apelar cualquier determinación que le niegue beneficios. Obtenga más información sobre cómo apelar una negación de beneficios por desempleo.
Si ha recibido beneficios pero el IDES determina que no era elegible, es posible que reciba un aviso de pago excesivo. Obtenga más información sobre qué hacer si recibe un aviso de pago excesivo.
¿Cómo le digo a IDES que obtuve un trabajo y que ya no necesito beneficios por desempleo?
Notifique a los Servicios de reclamantes de IDES lo antes posible, perono más tarde de 14 días después del día en que debía certificar. Si no informa su regreso al trabajo, podría recibir multas y cargos por fraude.
Para informar de su regreso al trabajo, llame a la Unidad de Contratación Nueva de IDES al (888) 776-7708.
¿Qué otros recursos están disponibles si no califico para los beneficios?
Si no califica para los beneficios por desempleo, existen algunas otras opciones de alivio.
El Fondo de Ayuda para Empleados de Restaurantes ofrece asistencia de emergencia a trabajadores de restaurantes que han experimentado una dificultad inesperada en los últimos 90 días. Una dificultad podría ser un accidente, enfermedad, lesión, el fallecimiento de un miembro de la familia cercano o un desastre natural. Obtenga más información sobre la elegibilidad y cómo presentar una solicitud a través de la Asociación de Restaurantes de Illinois (en inglés).
El Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) ayuda a las personas con bajos ingresos a pagar por alimentos. Obtenga más información sobre los beneficios de SNAP y cómo presentar una solicitud.
¿Preocupado por hacer esto por tu cuenta? Es posible que pueda obtener ayuda legal gratuita.
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