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A los inmigrantes que temen ser detenidos o deportados puede preocuparles quién cuidará de sus hijos. Una opción es nombrar un tutor.
Hay 3 tipos de tutela para un menor:
- Tutor legal permanente,
- Tutor de reserva y
- Tutor a corto plazo.
Más información sobre los tipos de tutela. A continuación encontrará información específica sobre cómo cada tipo puede ayudar a crear un plan de seguridad.
Tutor legal permanente: No se recomienda como plan de seguridad. En una tutela permanente, el niño vive con el tutor y éste toma todas las decisiones por él. El niño no vive con sus padres.
Tutor de reserva: El tribunal nombra a alguien que asumirá la tutela cuando uno de los progenitores ya no pueda cuidar del niño. Esto suele ocurrir cuando uno de los progenitores enferma o fallece, pero también puede suceder por otros motivos.
Se trata de un plan de seguridad útil para los inmigrantes indocumentados. Sin embargo, es importante tener en cuenta que los tutores suplentes deben cumplir las mismas normas que los tutores habituales. Esto significa que algunos tribunales exigen que el tutor suplente tenga estatus legal de inmigrante. Además, una tutela de reserva no puede utilizarse para impedir que otro progenitor obtenga la patria potestad (custodia).
Tutor a corto plazo: Esto puede hacerse con muy poca antelación. Es un plan de seguridad fácil y eficaz.
- Inconvenientes: Aunque la ley exige que el personal sanitario, las escuelas y todas las demás personas traten la tutela a corto plazo como una tutela ordenada por un tribunal, puede que eso no siempre ocurra. Los tutores a corto plazo pueden tener problemas para matricular a los niños en la escuela, obtener prestaciones públicas o recibir atención médica.
Un tutor ad litem (GAL) es una forma que tiene el juez de hacer que alguien represente a un niño ante el tribunal. No está disponible para los padres que crean un plan de seguridad, porque no crea una tutela, aunque utilice la palabra tutor.
¿Preguntas sobre la Tutela? Llame al Mostrador de Asistencia de Tutela para Menores del Condado de Cook al (312) 603-0135 o a los Servicios Legales Voluntarios de Chicago al (312) 332-1624.
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