¿Preocupado por hacer esto por tu cuenta? Es posible que pueda obtener ayuda legal gratuita.
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Lo primero que necesita hacer es garantizar su propia seguridad. Las víctimas de violencia doméstica son más propensas a ser atacadas cuando abandonan al agresor o cuando buscan ayuda legal. El siguiente artículo contiene información sobre cómo crear un plan de seguridad para víctimas de violencia doméstica. El plan puede aumentar su seguridad y prepararle con anticipación para posibles actos de violencia en el futuro. Usted no tiene control sobre la violencia que comete su pareja, pero si puede elegir cómo responder y cómo garantizar su seguridad y la de sus seres queridos.
Usted no está solo/a. Hay muchas agencias de violencia doméstica a lo largo del estado que pueden ayudarle en este proceso. Tambien puede hacer clic en "Obtener Ayuda Legal" y visitar el Portal de Víctimas de Crimen.
Antes de tomar medidas, llame a la Línea Directa de Violencia Doméstica de Illinois al (877) 863-6338. Es multilingüe, confidencial y está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana. También puede llamar a su agencia local de violencia doméstica. Estas organizaciones pueden ayudarle a entender sus opciones. También pueden informarle sobre qué esperar si decide recurrir a la corte.
Para obtener una Órden de Protección (Order of Protection), debe presentar documentos ante la corte y hablar con un juez.
Necesitará completar los siguientes formularios para pedir una Órden de Protección:
- Petición para obtener una Órden de Protección (Petition for Order of Protection): le provee a la corte la información que se necesita para decidir si usted puede obtener una Órden de Protección. Esta petición incluirá remedios específicos (lo que está solicitando) y las alegaciones de abuso (por qué está solicitando la Orden de Protección).
- Órden de Protección: hay dos tipos de Órdenes.Puede solicitar una o ambas.
- Una Orden de Protección de Emergencia (Emergency Order of Protection) provee protección por un máximo de 3 semanas. La corte le puede conceder esta orden sin que el abusador se entere de su petición.
- Una Orden de Protección Plenaria (Plenary Order of Protection) provee protección por un máximo de dos años. La corte le puede otorgar esta orden una vez que el agresor se entere de su petición y haya tenido la oportunidad de comparecer.
- Citación (Summons): le provee información al sheriff para entregar la petición y la Orden de Protección, si concedida, al abusador.
Utilice el programa de Orden de Protección para llenar sus formularios. Después de que sus formularios estén listos, fírmelos y haga 3 copias adicionales de cada uno. Todos los condados de Illinois aceptarán peticiones tanto en línea como en persona.
Su petición le informa al juez lo que está solicitando y por qué. Debe escribir acerca del abuso que sufrió. Incluya todos los detalles que recuerde. El juez utilizará la información de su petición para decidir si le otorga la orden.
Incluya en la descripción del abuso:
- Lo que el abusador hizo y dijo,
- La fecha y el horario del día del abuso (si no recuerda, proporcione una estimación),
- Dónde sucedió el abuso,
- Quién vió o escuchó el abuso. Asegúrese de mencionar si sus hijos estaban presentes,
- Si resultó herido debido al abuso,
- Si se llamó a la policía,
- Cómo le hizo sentir el abuso, y
- Si hubo algo que le impidió acudir a la corte antes.
Asegúrese de incluir detalles sobre lo que le haya sucedido recientemente que le ha hecho sentir que necesita una orden.
Si cree que proveer la dirección de su hogar pondrá en riesgo su seguridad o la de las personas con las que vive, no es necesario que incluya su dirección en sus documentos judiciales. Pero, debe proporcionar una dirección donde pueda recibir correspondencia. Puede usar un apartado postal, dirección de trabajo o la dirección de un familiar o amigo que el abusador conozca.
Ahora que ha completado sus formularios, tome una de las siguientes acciones:
- Presente los formularios ante el secretario del circuito en el juzgado del condado donde usted vive, donde vive el abusador o donde sucedieron los eventos. El secretario del circuito no le cobrará una tarifa por presentar sus formularios. Este sellará y retendrá los formularios originales. Pídale al secretario del circuito que también selle las copias adicionales de sus formularios. Guarde una copia para sus expedientes.
O
- Presente los formularios electronicamente ("e-file"). Para presentar electronicamente, elija un proveedor de servicio. Algunos proveedores de servicios son gratuitos mientras que otros cobran una tarifa de procesamiento. Utilice ese proveedor para presentar sus formularios electrónicamente.
Aprenda mas sobre formas de solicitar una Órden de Protección.
Obtenga más información sobre cómo presentar una solicitud de Orden de Protección.
El secretario le informará qué juez escuchará su solicitud de Orden de Protección de Emergencia. Deberá dirigirse a la sala de audiencias de ese juez para su audiencia.
El juez escuchará su caso para una Orden de Emergencia (Emergency Order) sin la presencia del abusador. El juez leerá su Petición para una Orden de Protección (Petition for an Order of Protection). El juez puede hacerle preguntas sobre el abusador, sobre detalles del abuso y sobre sus hijos. Luego, el juez decidirá si es necesario emitir una Orden de Emergencia. El juez programará una fecha de regreso, dentro de un plazo de tres semanas a partir del registro de la decisión, con el fin de intentar notificar al agresor de la petición y la Orden de Protección de Emergencia. También se fijará una fecha de audiencia para una Orden de Protección Plenaria. Una Orden de Protección Plenaria es una orden de protección a largo plazo.
El condado de Cook tiene una Corte de Violencia Doméstica ubicado en la calle 555 W. Harrison en Chicago. Puede presentarse en persona para preguntar sobre una Órden de Protección. Actualmente el juzgado no está ofreciendo cuidado de niños. Desde el Juzgado de Violencia Doméstica puede obtener ayuda telefónica de un defensor de víctimas de abuso doméstico llamando al (708) 689-3422 o a Ascend Justice al (312) 239-0413. Ellos pueden ayudar a llenar sus papeles de la corte.
Si reside en el condado de Cook y no quiere ir a la Corte de Violencia Doméstica en persona, puede presentar sus papeles de la corte a distancia y exponer su caso a través de Zoom. Puede hacerlo por su cuenta o puede obtener ayuda. Puede pedir ayuda de un defensor de víctimas de abuso doméstico llamando al (708) 689-3422 o llamando a Ascend Justice al (312) 239-0413 de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. Abogados, defensor de víctimas de abuso doméstico y voluntarios pueden ayudarle a llenar sus papeles de la corte por teléfono. También le pueden ayudar en como comparecer ante un juez, por medio de Zoom.
Si está presentando desde fuera de la Corte de Violencia Doméstica, ppuede enviar sus documentos por correo electrónico a [email protected]. Esto incluye:
- Portada (Cover Sheet),
- Citación (Summons),
- Hoja Informativa (Information Sheet),
- Petición de Orden de Protección (Petition for Order of Protection),
- Orden de Protección de Emergencia (Emergency Order of Protection), y
- Exención de Presentación Electrónica (E-filing Exemption).
Si envía su papeleo antes de la 3:00p.m., debería recibir instrucciones para exponer su caso a través de Zoom ese mismo día. Incluso si recibe un correo electrónico que dice que su caso se escuchará al día siguiente, debe seguir revisando su correo electrónico hasta las 5:00p.m. Puede recibir instrucciones para comparecer en la corte a través de Zoom ese mismo día.
Si ya tiene un caso de asuntos familiares contra el abusador pendiente en el condado de Cook, su Orden de Protección puede presentarse bajo ese número de caso y combinarse con ese caso.
Si su petición se pospone después de su primer día en la corte, tendrá que volver a la corte. A menos que el juez le indique lo contrario, los tribunales del Condado de Cook utilizarán Zoom para las audiencias de peticiones de:
- Órdenes de Protección (Orders of Protection),
- Órdenes de No Contacto por Acecho (Stalking No Contact Orders), y
- Órdenes de No Contacto Civil (Civil No Contact Orders).
Esto es aplicable tanto si su caso está en la corte civil como en la corte criminal. No es necesario que venga personalmente a la corte. Sin embargo, si no comparece a distancia para su audiencia de Zoom, su caso podría ser desestimado.
Cuando se otorga una petición de orden de protección de emergencia, no se hace pública hasta que se haya notificado a la persona contra la cual se otorgó la orden de protección de emergencia. De esta manera, puede presentar una petición de orden de protección de emergencia sin preocuparse de que la persona contra la cual está presentando tomará represalias.
El secretario llevará los documentos de la corte a la oficina del sheriff o pedirle que usted los lleve. El sheriff notificará al abusador entregándole la petición y la citación junto con la Órden de Protección de Emergencia, si una órden fue concedida. La oficina del sheriff conservará una copia de la orden en sus archivos.
Una vez que reciba la órden por parte del sheriff, el abusador debe obedecerla (si la viola, puede denunciar la infracción a la policía). El sheriff no le cobrará por entregarle los papeles de la corte al abusador.
Más adelante, tendrá una fecha de corte donde en la que el juez decidirá si debe otorgársele unaOrden de Protección Plenaria, la cual puede durar hasta 2 años.
Una vez que el Demandado sea notificado, tiene la obligación de comparecer ante la corte. Si no lo hace, puede solicitar una Orden de Protección Plenaria "por incomparecencia". Si comparece, la corte le dará la opción de aceptar la Orden de Protección Plenaria o llevar a cabo una audiencia sobre las acusaciones de su Petición de Orden de Protección.
En su audiencia final, se le permitirá hablar con el juez tanto a usted como al agresor. Puede llevar testigos o pruebas para ayudarle a explicar por qué necesita una Orden de Protección Plenaria. Ejemplos de pruebas son:
- mensajes de texto,
- mensajes de voz,
- registros médicos de una visita a la sala de emergencias, o
- fotografías que muestren el abuso, como huecos en una pared o moretones.
Si gana la audiencia, el juez emitirá una Orden de Protección Plenaria. La fecha de finalización se indicará en su Orden de Protección. Lea la orden antes de salir de la corte. Si hay algún error o falta algo, pida al secretario que corrija la orden antes de irse.
Haga algunas copias de la orden y siempre lleve una consigo. Entregue una copia de la orden a cualquier persona que esté mencionada y protegida por la orden. Puede notificar a la comisaría de policía local que tiene la orden. También puede dejar copias de la orden en:
- Su lugar de trabajo,
- En su hogar,
- En la escuela o guardería de sus hijos,
- En su carro, o
- Con un vecino.
La corte le avisará al sheriff sobre la órden. Esto se hará público para que las agencias en Illinois sepan que debe ser entregada a su agresor.
La orden solo puede hacerse cumplir después de que su abusador haya sido notificado de que la orden existe.
Si su abusador viola la orden, debe llamar a la policía y hacer un reporte policial. un oficial puede verificar su sistema informático y comprobar si existe una orden. Debería llevar consigo una copia de la orden en todo momento.
Un abusador ue desobedece una Orden de Protección puede ser arrestado y acusado de cometer un crimen.
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